← Volver al diario

two men facing each other while shake hands and smiling
two men facing each other while shake hands and smiling · Sebastian Herrmann · Unsplash

BOE MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Extracto de la Resolución de 12 de junio de 2026, de la Secretaría del Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se convocan subvenciones por concesión directa a las explotaciones agrarias de titularidad compartida, para el ejercicio 2026.


Crónica

Sin crónica editorial disponible. Consulta el texto íntegro abajo.

Texto íntegro del BOE desplegar

BDNS(Identif.):897188 parrafo De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897188) parrafo Primero. Beneficiarios: parrafo Las explotaciones agrarias de titularidad compartida que se hallen inscritas en situación de alta en el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con un mes de antelación a la fecha en que se publique el extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Segundo. Finalidad: parrafo Convocar, en régimen de concesión directa, para el ejercicio 2026, subvenciones a favor de las explotaciones agrarias de titularidad compartida, en los términos establecidos en el Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, con el objetivo de contribuir al pago de las cuotas correspondientes de la Seguridad Social que deben abonar los titulares de la misma. parrafo Tercero. Bases reguladoras: parrafo Real Decreto 819/2021 de 28 de septiembre, publicado en Boletín Oficial del Estado número 233, de 29 de septiembre de 2021. parrafo Cuarto. Cuantía: parrafo El importe máximo total en la presente convocatoria es de 1.798.000,00 euros. parrafo Quinto. Plazo de presentación de la documentación: parrafo Las entidades presentarán la documentación prevista en el Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, o la renuncia a la subvención, en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 12 de junio de 2026.- La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación. P.D. Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre (BOE de 2 de enero de 2025), la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroa

Leer el texto completo en BOE →

Noticias relacionadas

Lo que se ha movido en este patrón

Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

La Vigencia · Boletín diario

Recibe cada mañana las novedades que te afectan

Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto, cada mañana laborable. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.


Página intermedia de La Vigencia. La fuente oficial es BOE — pulsa "Ver en BOE" arriba para el texto íntegro.