← Volver al diario

Art at the entrance to the UN Climate Change Conference Baku (COP 29) in Azerbaijan the day before climate negotiations begin.
Art at the entrance to the UN Climate Change Conference Baku (COP 29) in Azerbaijan the day before climate negotiations begin. · Matthew TenBruggencate · Unsplash

BOE MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Extracto de la Orden de 12 de junio de 2026 por la que se convocan las subvenciones del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias y otros operadores del sector agroalimentario y pesquero


Crónica

Sin crónica editorial disponible. Consulta el texto íntegro abajo.

Texto íntegro del BOE desplegar

BDNS(Identif.):915158 parrafo De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915158) parrafo (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/convocatoria/915162) parrafo (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/convocatoria/915163) parrafo Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de la convocatoria parrafo Primero. Beneficiarios parrafo Podrán acogerse a estas ayudas los beneficiarios recogidos en el artículo 3 del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio: parrafo a) Los titulares de explotaciones agrarias inscritos en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) regulado por Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, o en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) regulado por Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, que hubieran obtenido al menos el 25% de sus ingresos de actividades agrarias en el año anterior al de la presentación de la solicitud, o en los tres años anteriores al de la solicitud teniendo en cuenta el dato medio. El límite del 25 por ciento de ingresos de actividades agrarias no se aplicará a los titulares de explotación que hayan iniciado la actividad agraria dentro de los tres años anteriores a la convocatoria. En el caso de explotaciones cuyo titular sea una entidad asociativa, sus miembros también podrán ser beneficiarios individualmente de estas subvenciones. parrafo b) Las PYMES con actividad en la industria de la alimentación y fabricación de bebidas (CNAE C10 y C11 de la Clasificación Económica de Actividades Económicas - CNAE 2009). parrafo c) Los operadores económicos con actividad en la pesca marítima o la acuicultura (CNAE A311 y A32 de la CNAE 2009). parrafo d) Los armadore

Leer el texto completo en BOE →

Noticias relacionadas

Lo que se ha movido en este patrón

Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

La Vigencia · Boletín diario

Recibe cada mañana las novedades que te afectan

Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto, cada mañana laborable. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.


Página intermedia de La Vigencia. La fuente oficial es BOE — pulsa "Ver en BOE" arriba para el texto íntegro.