Crónica
El Instituto de Salud Carlos III y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria prorrogan su convenio para formar especialistas en medicina preventiva y salud pública hasta 2026. La colaboración permitirá cubrir competencias del programa oficial que no pueden impartirse en la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del Hospital Universitario de Ceuta.
El Instituto de Salud Carlos III y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria han firmado una adenda para prorrogar su convenio de colaboración en la formación de especialistas en medicina preventiva y salud pública. Esta prórroga permitirá mantener la colaboración entre ambas instituciones para cubrir las competencias del programa oficial que no pueden impartirse en la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del Hospital Universitario de Ceuta.
La formación de médicos especialistas en Medicina Preventiva y de Salud Pública es un campo de conocimiento deficitario en el ámbito del área sanitaria de Ceuta y en el resto del Sistema Nacional de Salud. La prórroga de este convenio garantiza la continuidad de la formación especializada en este campo y asegura el cumplimiento íntegro de la formación reglada y la capacitación teórico-práctica de los Médicos Internos Residentes (MIR).
La colaboración entre el Instituto de Salud Carlos III y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria ha permitido cubrir de forma eficaz aquellas competencias del programa oficial que no pueden impartirse en la Unidad Docente del Hospital Universitario de Ceuta. La prórroga de este convenio supone un paso importante para garantizar la formación de especialistas en medicina preventiva y salud pública en el Sistema Nacional de Salud.
El coste de esta prórroga recae sobre los presupuestos de ambos institutos, que deberán asignar los recursos necesarios para mantener la colaboración y garantizar la formación de especialistas en medicina preventiva y salud pública. La continuidad de esta colaboración beneficiará a los Médicos Internos Residentes (MIR) y a los pacientes que requieren atención especializada en este campo.
A quién afecta
- Médicos Internos Residentes (MIR)
- Instituto de Salud Carlos III
- Instituto Nacional de Gestión Sanitaria
Texto íntegro del BOE desplegar
La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O. A., M. P., y la Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria han suscrito, con fecha de 4 de junio de 2026, una adenda al Convenio para la formación de especialistas en medicina preventiva y salud pública 2022, que fue firmado el 14 de julio de 2022. parrafo Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución. parrafo Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. parrafo_2 ANEXO anexo_num Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para la formación de especialistas en medicina preventiva y salud pública 2022 anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, doña Marina Anunciación Pollán Santamaría, como Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. (en adelante, ISCIII), organismo público de investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, nombrada por Real Decreto 131/2024, de 30 de enero (BOE núm. 27, de 31 de enero), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, y en ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto. parrafo_2 Y, de otra parte, doña Isabel Muñoz Machín, Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en adelante, INGESA), nombrada por Real Decreto 373/2024, de 9 de abril (BOE núm. 88, de 10 de abril de 2024), en representación del INGESA, entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio de Sanidad a través de la Secretaría de Estado de Sanidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.4 del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el qu
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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