Crónica
El Consejo General del Poder Judicial nombra a Francisco José Aguilar Osuna como jefe de sección en la Secretaría General. El nombramiento es por un período de dos años, prorrogables por períodos anuales.
El Consejo General del Poder Judicial ha resuelto el concurso de méritos convocado en marzo y ha nombrado a Francisco José Aguilar Osuna como jefe de sección en la Secretaría General. Aguilar Osuna, Letrado de la Administración de Justicia, dejará su actual puesto en el Tribunal de Instancia de Córdoba para asumir el nuevo cargo.
El nombramiento se produce por un período de dos años, prorrogables por períodos anuales con un máximo de diez años de prestación de servicios. Esta decisión se ajusta a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La designación de Aguilar Osuna supone un cambio en la estructura de la Secretaría General del CGPJ, que busca fortalecer su capacidad de gestión y asesoramiento.
En cuanto a las implicaciones, el nombramiento de Aguilar Osuna puede tener un impacto en la forma en que se gestionan los asuntos judiciales en la Secretaría General. Sin embargo, no se prevén cambios significativos en la política judicial general.
A quién afecta
- Letrados de la Administración de Justicia
- Tribunales de Instancia
Texto íntegro del BOE desplegar
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 27 de mayo de 2026, ha resuelto el concurso de méritos convocado por acuerdo de la Comisión Permanente de 24 de marzo de 2026, (BOE del día 6 de abril) y ha nombrado jefe de sección en la Secretaría General a Francisco José Aguilar Osuna, Letrado de la Administración de Justicia, titular de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Córdoba, plaza 1. parrafo El nombramiento se realiza por un período de dos años, prorrogables por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años, de conformidad con lo dispuesto el artículo 621.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. parrafo Francisco José Aguilar Osuna cesará en el puesto del que actualmente es titular el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», y deberá ser declarado en la situación administrativa de servicios especiales por su Administración de origen durante el tiempo que desempeñe el puesto para el que ha sido nombrado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 625.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. parrafo Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el mismo medio. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo. parrafo_2 Madrid, 27 de mayo de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech. parrafo_2
Normativa anterior tocada
- MODIFICA la resolución del concurso convocado por Acuerdo de 24 de marzo de 2026
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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