Crónica
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Andalucía concede la protección nacional transitoria a la Indicación Geográfica Protegida «Pescado de Esteros de Andalucía». Esta protección tiene efecto desde el 9 de febrero de 2026 y cesará cuando se resuelva la solicitud de inscripción en el registro de la Unión Europea.
La Organización de Productores de Pescado de Esteros de Andalucía presentó una solicitud de protección nacional transitoria para el nombre «Pescado de Esteros de Andalucía» como Indicación Geográfica. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Andalucía ha resuelto conceder esta protección, que se basa en el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo.
La protección nacional transitoria es un paso previo a la inscripción en el registro de la Unión Europea, y tiene como objetivo defender los nombres geográficos protegidos. La Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, establece que la Administración de la Junta de Andalucía debe disponer los medios necesarios para la defensa efectiva de los nombres geográficos protegidos.
La concesión de la protección nacional transitoria tiene efecto desde el 9 de febrero de 2026, fecha en la que se presentó la solicitud para la inscripción en el registro de la Unión Europea. Esta protección cesará en la fecha en que entre en vigor el acto de ejecución que recoja la decisión sobre la solicitud de inscripción en el registro o bien cuando se retire la solicitud de la Comisión Europea.
La resolución de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Andalucía agota la vía administrativa, y las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
A quién afecta
- Productores de pescado
- Industria agroalimentaria
Texto íntegro del BOE desplegar
Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de fecha 15 de enero de 2026, se resolvió el procedimiento nacional de oposición y se emitió decisión favorable en relación a la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Pescado de Esteros de Andalucía» en el Registro comunitario correspondiente, que ha sido comunicada al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los efectos de la transmisión de la solicitud a la Comisión Europea, a través del cauce establecido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas. parrafo Con fecha 9 de febrero de 2026 es transmitida por el Ministerio la solicitud y se recibe el mismo día acuse de presentación en el registro de la Comisión Europea. parrafo Con fecha 3 de marzo de 2026, la Organización de Productores de Pescado de Esteros de Andalucía presentó ante la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria la solicitud de protección nacional transitoria del nombre «Pescado de Esteros de Andalucía» como Indicación Geográfica. parrafo El artículo 11 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1151/2012, permite que el Estado miembro conceda, con carácter temporal, una protección transitoria a un nombre a escala nacional, con efecto desde la fecha de presentación a la Comisión de la solicitud para la in
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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